lunes, 27 de febrero de 2012

propuesta de punto de acuerdo a favor de poblaciones negras

Al presentar propuesta de punto de acuerdo a favor de poblaciones negras

DISCURSO DEL DIPUTADO FLAVIO SOSA VILLAVICENCIO, AL PRESENTAR PROPUESTA DE PUNTO DE ACUERDO SOBRE POBLACIONES AFRODESCENDIENTES EN OAXACA, EN EL PALACIO LEGISLATIVO DE SAN RAYMUNDO JALPAN, EL 26 DE OCTUBRE DE 2011
Compañeras y compañeros diputados:
El pasado fin de semana, en la población de Charco Redondo, de Tututepec, Oaxaca, se llevó a cabo un importante encuentro. Comunidades afromexicanas de la región de la Costa de Oaxaca y de Guerrero durante tres días analizaron su problemática, analizaron componentes de su cultura, dialogaron y tomaron una serie de acuerdos en la perspectiva de la búsqueda de su reconocimiento constitucional, como pueblos que han aportado a Oaxaca y al país. De esta reflexión tan importante quiero compartir algunos elementos con ustedes y he presentado a esta Comisión Permanente una propuesta de punto de acuerdo.
En México se ha buscado consolidar la identidad intercultural basada inicialmente en el reconocimiento de los pueblos indígenas. No es sino hasta los años ochenta o noventa, me parece, que se comienza a hablar de la tercera raíz, en referencia justamente a las poblaciones afrodescendientes. De entonces a la fecha hay ciertos avances: de alguna forma, socialmente ya se identifican algunas de las aportaciones culturales en la música, la artesanía, la danza y la poesía, y se reconoce también el origen negro de algunos héroes nacionales.
Sin embargo, el reconocimiento constitucional de las comunidades afrodescendientes en México hasta la fecha no ha ocurrido expresamente, aun cuando habitan de manera importante en estados como Oaxaca, Guerrero, Veracruz y Coahuila, entre otros.
El artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hace un reconocimiento a la composición multicultural del país. Sin embargo, nada dispone sobre la existencia de poblaciones afrodescendientes.
La Constitución Política del Estado de Oaxaca, en su artículo 16, establece que la entidad tiene una composición étnica plural, sustentada en la presencia y diversidad de los pueblos y comunidades que lo integran. Los pueblos indígenas del estado son: Amuzgos, Cuicatecos, Chatinos, Chinantecos, Chocholtecos, Chontales, Huaves, Ixcatecos, Mazatecos, Mixes, Mixtecos, Nahuas, Triquis, Zapotecos y Zoques. Fuera de éstos, el texto constitucional dice que la ley reglamentaria --nos remite a la ley reglamentaria--, protegerá a las comunidades afromexicanas y a los indígenas pertenecientes a cualquier otro pueblo procedente de otros estados de la República.
Es decir, nuestra Constitución da a las comunidades afrodescendientes el mismo estatus que a quien, proveniente de cualquier otro lado y que por cualquier circunstancia residan dentro del territorio del Estado de Oaxaca. Es decir, les da trato de fuereños.
La identidad y su reconocimiento sin duda son fundamentales para las personas y los pueblos. Para ello un paso esencial es la reivindicación, que estos pueblos han practicado desde diversas vías, y que el poeta Nicolás Guillén expresó en su Son 16 como:
Yoruba soy,
lloro en yoruba
lucumí.
[…]
y cuando no soy yoruba,
soy congo, mandinga, carabalí.
Y en mi punto de acuerdo, lo que pido es que la discusión sobre el reconocimiento de estos pueblos en el texto constitucional, que incluiría también su denominación como negros, morenos, afromestizos, afromexicanos o afrodescendientes, no la hagamos nosotros, compañeras y compañeros diputados. Mi propuesta es que esta legislatura se adhiera y respalde plenamente los foros y mesas de trabajo que los pueblos afromexicanos existentes en el territorio de Oaxaca, realizan en busca de mecanismos legales que permitan elevar a rango constitucional su reconocimiento, para que ellos mismos generen una propuesta de ley reglamentaria, así como la formulación de un plan de desarrollo microrregional que incida en beneficio de los pueblos afromexicanos.
Es claro que la identidad como pueblo no depende de las características raciales, sino de los elementos culturales compartidos y reconocidos como propios. El derecho a la propia identidad también es un derecho humano. Estos pueblos han avanzado ya en discusiones durante décadas; nos toca abonar a esa identidad reivindicativa, basada en el poder de la representación simbólica de la palabra. Nombrarnos para reconocernos, para “ser en el mundo”, en el sentido de Heidegger.
El otro párrafo de este punto de acuerdo se basa en el reconocimiento de los diversos tratados e instrumentos internacionales sobre comunidades afrodescendientes, que reconocen el derecho de éstas --lo que implica obligaciones de los gobiernos-- a un desarrollo social equitativo, al ejercicio pleno de los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales en pie de igualdad con el resto de la población.
Es claro que en Oaxaca existen diferencias entre el resto de la población y la afrodescendiente en cuanto al acceso y permanencia a la educación en sus distintos niveles y sistemas; acceso a puestos laborales, con la misma remuneración; la posibilidad de obtener vivienda y recursos para la producción; acceso a servicios públicos, acceso a comunicaciones y posibilidades de informar y estar informados, lo que necesariamente repercute en sus posibilidades para ejercer un voto informado y razonado, para tener acceso a la justicia, para acceder a puestos de elección popular y para gobernar en cargos administrativos.
La información sobre estas diferencias deviene principalmente de estudios académicos y de los testimonios de la propia gente que integra estos pueblos. Quisiera ilustrarlas con datos duros, con estadísticas sobre la condición social de los pueblos afromexicanos. Me gustaría mucho hacerlo. Esto, sin embargo, hasta hoy es imposible, dado que los instrumentos censales de nuestro país invisibilizan a estas comunidades: no existe entre los indicadores del INEGI ningún recurso que permita identificar a la población negra, su dimensión, su ubicación y mucho menos el estado de sus satisfactores sociales.
Así, es claro que las poblaciones negras de Oaxaca son presa de discriminación, de un racismo velado, ejercido e invisibilizado desde las propias instituciones gubernamentales. Cito a Ban ki-Moon, secretario general de las Naciones Unidas:
La discriminación de que son objeto los afrodescendientes es perniciosa. A menudo, están atrapados en la pobreza en gran medida a causa de la intolerancia, y encima se utiliza la pobreza de pretexto para excluirlos todavía más.
Hasta aquí la cita.
Erradicar cualquier forma de discriminación es un fundamento mismo del sistema democrático. Es imposible sostener el discurso de la democracia cuando a cualquier parte de la población se le niega el acceso a la igualdad, de hecho o de derecho, o como en este caso, de hecho y de derecho. Aclaro que uso el término “igualdad” sin demérito de que ésta deba darse en el contexto del derecho a la diversidad cultural. Así, las garantías de la población afrodescendiente no son un asunto de interés particular para los pueblos negros, sino aval para toda la sociedad de que vivimos un sistema justo.
No hay transición democrática si hay exclusión de la población negra. Por ello, combatir la iniquidad contra la población afrodescendiente es obligación de todas las personas, desde todos los ámbitos de la sociedad, y nuevamente cito a Nicolás Guillén:
juntando todas las manos;
los negros, sus manos negras,
los blancos, sus blancas manos.
Es obligación de todas y todos, sí, pero nos toca especialmente a nosotros, a quienes participamos en alguno de los Poderes del Estado.
En muchas partes del mundo, aquí incluso, para transformar las diversas formas de discriminación que perviven en nuestras sociedades se aplican las llamadas acciones afirmativas, muchos de los diputados y diputadas integrantes de esta legislatura son producto de las acciones afirmativas, principalmente impulsadas desde instancias intergubernamentales, como la ONU y la OEA, y que se popularizaron vulgarmente como “cuotas de género” al buscar corregir las injusticias políticas que afectan a las mujeres. Las acciones afirmativas, sin embargo, se aplican en el ámbito escolar para pueblos indígenas, en el del empleo para personas con discapacidad, etcétera. Los diputados plurinominales son ejemplo de acción afirmativa.
Estas medidas nacieron inicialmente en Estados Unidos, como resultado de las movilizaciones justamente de la población afroamericana en la búsqueda del reconocimiento de sus derechos civiles. Y mi primera propuesta va en ese sentido: como una medida afirmativa inicial, pedir al Ejecutivo estatal considerar como microrregión para el desarrollo a los pueblos afromexicanos asentados en la Costa, lo que tendría implicaciones en el cumplimiento de los derechos económicos y sociales de la comunidad negra.
Y digo inicial, porque pienso que Oaxaca puede y debe convertirse en el primer estado del país en promover medidas especiales para garantizar a los pueblos negros el acceso a educación, vivienda, empleo y representación política, por ejemplo. Para ello, sin embargo, es necesario como paso previo el reconocimiento gubernamental de la injusticia institucionalizada, que podría iniciar con la simple aceptación legislativa de la existencia de las comunidades afrodescendientes.
El sentido, compañeras y compañeros, es alzar una muralla a la discriminación racista contra las comunidades negras, discriminación que nos afrenta como sociedad. Este es, pues, un llamado a levantar, en palabras de Nicolás Guillén:
una muralla que vaya
desde la playa hasta el monte,
desde el monte hasta la playa,
allá sobre el horizonte.
Muchas gracias. Es cuanto.

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